una multa del ora la sanciona el ayuntamiento. primero mandan al hombre del ayuntamiento a una direccion donde yo no estoy empadronada desde hace 14 años, por vivir en otro sitio. no la puede entregar y la mandan por correo normal, tan tarde q cuando la abro ya ha pasado el plazo de pagarla con bonificacion. pero mi pregunta es: si la primera vez habia q firmar la notificacion para q quedara constancia y no se pudo hacer, no deberia haberse hecho igual la segunda y no dejarla en el buzon como una carta ordinaria? no puedo demostrar q esa carta llego en octubre cuando el plazo de pago era en septiembre. gracias